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Thursday, November 10, 2005

EEUU veta la entrada a los hoteleros mallorquines con propiedades en Cuba

EEUU veta la entrada a los hoteleros mallorquines con propiedades en Cuba
El Departamento de Estado insta a cadenas de Balears a abandonar la gestión de solares confiscados por Cuba a norteamericanos

Las cadenas hoteleras mallorquinas están recibiendo notificaciones del Departamento de Estado de Estados Unidos, notificándoles que por ocupar una propiedad confiscada en la isla de Cuba y comercializarla para beneficio propio, se les prohíbe la entrada en este país a la propietarios de la empresa, empleados, accionistas y familiares. Esta medida afecta directamente, entre otras, a las cadenas Sol Meliá, Blau Hoteles, Iberostar, grupo Piñero y Riu. El escrito está firmado por el coordinador de la Oficina de Asuntos Cubanos-Sala 3234, Stephen G. McFarland, con sede en Washington. Esta situación está generando ya serios problemas operativos a las cadenas afectadas, principalmente a aquéllas que tienen activos turísticos en EEUU, oficinas de representación y acuerdos con empresas americanas. En la notificación se indica que la Oficina de Asuntos Cubanos está informada de que hay cadenas hoteleras que están gestionando y dirigiendo un hotel en Cuba, el cual aparece ubicado sobre propiedad confiscada y que un ciudadano americano ha presentado una reclamación sobre este hecho.
Se explica que la medida coercitiva decidida por Washington está motivada porque al reclamar un ciudadano americano la actuación del Gobierno por incumplirse el Título IV de Ley «Libertad», la administración se ve obligada a actuar de oficio. En dicha ley se especifica que el supuesto de «traficar» se produce cuando una compañía compra o adquiere una propiedad confiscada y comienza a gestionarla, «poseer, utilizar o tener interés en dicha propiedad. Y participa en un acuerdo mercantil utilizando o, de otro modo, beneficiándose de dicha propiedad, mejorando o invirtiendo en la mencionada propiedad». Dentro del procedimiento jurídico americano se explica que una medida de estas características puede ser evitada o levantada «si se demuestra que la persona en cuestión ha cesado en cualquier participación o relación con la propiedad confiscada en Cuba con el objetivo de retirarse de este país. Asimismo, una resolución puede ser evitada o levantada cuando se obtenga un permiso de participación con la propiedad confiscada por parte del dueño de la reclamación o derecho de esa propiedad».
El coordinador de la Oficina de Asuntos Cubanos puntualiza en el escrito remitido a las cadenas que están abiertos a cualquier tipo de documentación adicional, «que podría ser relevante para nuestra inspección y estudio posterior. Esperamos resolver este asunto de manera rápida y, si usted decide responde, le animamos a hacerlo. Por favor, responda en los próximos 45 días», finaliza la carta de McFarland. Cuba mantiene la oportuna cautela sobre esta espinosa cuestión, que es un añadido más a la polémica que se suscitó a finales de 1998 y principios de 1999 con la aplicación de la Ley Helms-Burton, que provocó la apertura de expedientes administrativos contra la cadena Sol Meliá. Este hecho motivó en su día el rechazo unánime del Gobierno español, partidos políticos, Govern, CAEB y patronales turísticas.

http://www.ultimahora.es/segunda.dba?2515+7+338941
 

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