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Wednesday, April 30, 2008

Abogado de la Iglesia sugiere modificar la Constitución para que se

Derechos Humanos
Abogado de la Iglesia sugiere modificar la Constitución para que se
cumplan los pactos de la ONU

* Lea el artículo de la revista 'Palabra Nueva'
http://www.cubaencuentro.com/es/encuentro-en-la-red/opinion/articulos/pactos-internacionales-y-legislacion-cubana

Redacción EER

martes 29 de abril de 2008 17:34:00

El Consejo de Estado debe ratificar los pactos en materia de derechos
humanos suscritos por La Habana en la ONU para que el país "adquiera el
compromiso de cumplir sus preceptos", sugiere un artículo publicado por
la revista católica Palabra Nueva, que examina a fondo las posibles
contradicciones entre la legislación cubana y los instrumentos
internacionales recién firmados.

"Una vez ratificado, esto pudiera implicar que el órgano legislativo
tendría que revisar y modificar algunas normas constitucionales y
leyes", indica en un extenso análisis el abogado Rolando Suárez Cobián,
asesor jurídico de la Conferencia de Obispos Católicos de Cuba (COCC),
quien examina varios aspectos del cuerpo legal de la Isla.

Palabra Nueva, publicación de la Arquidiócesis de La Habana, incluye en
su número de abril los textos íntegros de los Pactos Internacionales de
Derechos Civiles y Políticos y de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales, firmados por La Habana en febrero pasado en Naciones Unidas.

El artículo 90 (m) de la Constitución de la República establece como
atribuciones del Consejo de Estado la ratificación o denuncia de los
tratados internacionales.

"Para los cristianos, la dignidad de la persona no es una concesión de
un parlamento, institución o norma, sino un don de Dios (…) La libertad,
la justicia y la paz son las consecuencias inmediatas de tal dignidad",
dice en su artículo Suárez Cobián.

Señala que el Pacto sobre los Derechos Civiles y Políticos reconoce el
derecho a la vida, aunque admite la pena de muerte para "los más graves
delitos". Agrega que "en el Código Penal cubano, la pena de muerte puede
aplicarse en la casi totalidad de los delitos contra la Seguridad del
Estado; en los delitos contra la Paz y el Derecho Internacional y en los
de asesinato, violación de menores, robo con violencia en las personas,
pederastia con violencia y corrupción de menores, todos ellos bajo
determinadas condiciones o circunstancias".

"El derecho a la vida implica la proscripción de cualquier decisión que
atente contra ella. En el Código Penal (de Cuba) la privación de
libertad perpetua es imponible y esto facilitaría abolir la pena de
muerte", sugiere el autor.

Justamente ayer, Raúl Castro anunció la conmutación de la pena de muerte
a varios presos comunes, pero aclaró que la norma se mantendría vigente
en el Código Penal.

Suárez Cobián señala que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos reconoce el derecho del individuo a la libertad y a la
seguridad personal. "Esto se refiere a la prohibición de detenerlo o
someterlo a prisión arbitraria y a las garantías de que se le informe de
la acusación y su presentación ante un juez para defenderse".

Sin embargo, reconoce que "en el procedimiento penal cubano la detención
de un individuo depende de la decisión de un Fiscal. El Tribunal no
interviene en el proceso de instrucción o investigación (…) Este
procedimiento limita la participación de los abogados de la defensa
asesorando o asistiendo al acusado y excluye la presentación ante un
tribunal que escuche las partes y adopte la decisión necesaria, según el
caso, lo cual no se ajusta a lo regulado en el Pacto".

De acuerdo con el asesor jurídico de la conferencia episcopal, la ley
penal contiene procedimientos policiales y judiciales que pudieran estar
en "contradicción con el derecho a ser oído y juzgado en un plano de
igualdad por un tribunal independiente e imparcial", y cita como ejemplo
las "advertencias" y la declaración de "estado peligroso por conducta
antisocial".

La ley cubana reconoce los derechos de la personas a la libre
circulación, agrega Suárez Cobián, pero al mismo tiempo crea
"limitaciones para residir en Ciudad de La Habana". La legislación
también incluye "la confiscación de bienes propiedad de la persona que
traslada su domicilio a otro Estado de forma permanente y sin que haya
perdido la ciudadanía", restringe los viajes al exterior y concede
"facultades discrecionales" al gobierno para decidir sobre el ingreso al
país de ciudadanos residentes en otro Estado y a establecer su
residencia en el país.

El análisis jurídico aborda además los derechos de la familia, la
educación de los hijos, la libertad de expresión y el derecho de
asociación, entre otros asuntos recogidos en los Pactos y con incidencia
en la legislación actual de la Isla.

http://www.cubaencuentro.com/es/encuentro-en-la-red/cuba/noticias/abogado-de-la-iglesia-sugiere-modificar-la-constitucion-para-que-se-cumplan-los-pactos-de-la-onu

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