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Wednesday, September 27, 2006

Rechaza Fiscalia queja de abogada de Oscar Mario Gonzalez

PRISIONES
Rechaza Fiscalía queja de abogada de Oscar Mario González

LA HABANA, Cuba - 26 de septiembre (José Antonio Fornaris, Cuba Verdad /
www.cubanet.org) - La Fiscalía General de la nación declaró sin lugar la
queja presentada por la licenciada Amalia Rodríguez, a raíz de la
negativa de concederle la libertad al periodista Oscar Mario González.

En la respuesta, firmada por el fiscal Francisco J. Fernández, jefe de
la Dirección General de Control, se determina "declarar sin lugar el
recurso de queja establecido por la licenciada Amelia Rodríguez Cala
contra la resolución dictada en este expediente, la que se ratifica en
todas sus partes".

El pasado 10 de julio la abogada había solicitado la libertad de Oscar
Mario y del opositor pacífico Julio César López Rodríguez, detenido el
13 de julio de 2005, y a quien ella también representó. El fiscal a
cargo del caso respondió aduciendo que "no han variado las condiciones
que aconsejaron imponer la medida impugnada".

En su queja, la licenciada Rodríguez Cala puntualizaba: "Lo cierto es
que las condiciones sí se han modificado en el sentido del tiempo, no de
condiciones políticas inmodificables. Pero en correspondencia con la
disciplina a las normas jurídicas establecidas, si nos atenemos a ello
por respeto al derecho, por el estadio de tiempo que los mismos llevan
en prisión por los hechos que motivaron este expediente y por su
duración, que rebasa el límite inferior para la sanción del delito.
Inclusive en la figura agravada incuestionablemente a estos casos le son
de aplicación lo dispuesto en la instrucción 53/75".

La instrucción 53/75 dispone la modificación de la medida cautelar
cuando, por su duración, alcance el límite inferior a la sanción
señalada para el delito.

Oscar Mario González y Julio César López están acusados de desorden
público, aunque su expediente acusatorio fue formado por el órgano de
instrucción penal de delitos contra la Seguridad del Estado de Ciudad de
La Habana. Desorden público conlleva una sanción máxima, en su figura
agravada, de tres años de cárcel. Los detenidos ni siquiera tienen
señalada fecha de juicio.

http://www.cubanet.org/CNews/y06/sep06/27a4.htm

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