Pedro Aníbal Riera Escalante
LA HABANA, Cuba, mayo (www.cubanet.org) - Se espera en los próximos días
un cambio en las restricciones migratorias. Desde hace meses circula un
proyecto de resolución en círculos gubernamentales. Entre las medidas
se señalan: la eliminación de las cartas de invitación y la tarjeta
blanca, exceptuando a médicos, maestros, militares, y personas con
acceso a información clasificada.
Se habla de un aumento del precio del pasaporte que llegaría a unos
150 pesos convertibles. Pero lo más significativo es una noticia
divulgada la recientemente por Cubaencuentro, que alude a fuentes
oficiales de Inmigración de Cuba, sobre la adición de avales de los
Comités de Defensa de la Revolución para solicitar el pasaporte. De ser
así, sería una trasgresión constitucional, ya que se trata, según la
ley, de un documento de identidad y viaje.
Si como se ha informado se requerirá de permiso para viajar, llámese
tarjeta blanca o pasaporte "habilitado" para ello, no habrá un cambio
real en el ejercicio de este derecho, que estaría sujeto a una decisión
gubernamental y básicamente de la Seguridad del Estado. Continuaría
funcionando el mecanismo de represión política sobre el derecho de los
ciudadanos a viajar y regresar a su país.
Por otra parte, mientras se ejecuten confiscaciones de las propiedades
muebles e inmuebles de los ciudadanos que emigran, se continuará
castigando, inconstitucionalmente, a quienes ejercen este derecho.
La Constitución actual no establece el derecho de los ciudadanos cubanos
a salir y regresar al país, y a no ser desterrados, como lo hacía la
Constitución de 1940. Tampoco recoge el derecho de los ciudadanos a no
ser extraditado o entregado a Cuba por motivos políticos, práctica que
se ha aplicado por Cuba, por ejemplo en mi propio caso, contraviniendo
convenciones internacionales y tratados firmados por Cuba.
El hecho de que la Constitución no incluya este derecho, no significa
que no haya sido reconocido legalmente por el Estado Cubano, ya que la
Carta Magna establece en su artículo 41 la igualdad de todos los
cubanos. Y en virtud de la firma de la Declaración Universal de los
Derechos Humanos por el Estado Cubano, del Pacto de los Derechos Civiles
y Políticos, se reconoce como un derecho a salir y regresar al país
cuando se estime conveniente.
Mientras se mantengan los permisos de salida y de entrada el gobierno
persistirá en la violación de este derecho. Los permisos han convertido
el ejercicio del mismo en una dádiva, en la facultad irrevocable que se
aplica según su voluntad de las autoridades. Estos permisos deben ser
eliminados totalmente, como se ha reclamado a la Asamblea Nacional del
Poder Popular.
Otro asunto es la confiscación de bienes a quienes emigran, mediante la
Resolución No. 454 del Ministerio del Interior y la Ley 989 del 5 de
diciembre de 1961.
Si a esto le sumamos que se incorporen los avales de los CDR para la
obtención de los pasaportes, estaremos en presencia de unos cambios (por
ver) que no tocan el fondo de los problemas, ni establecen las garantías
reales para el ejercicio del derecho a salir y regresar al país.
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