Pages

Sunday, March 19, 2006

El tango de Cuba y Argentina contra los derechos humanos

Posted on Sun, Mar. 19, 2006

El tango de Cuba y Argentina contra los derechos humanos
KEZIA McKEAGUE
Especial para El Nuevo Herald

El rol de la Unión Soviética en la defensa de la dictadura militar
argentina es bien conocido entre los expertos en derechos humanos,
quienes notaron el desarrollo de una ``alianza non santa''.

Menos conocido es el apoyo que dio Cuba al gobierno militar para impedir
que se considere el caso argentino en Naciones Unidas. Este documento,
basado en un capítulo de un futuro libro sobre las relaciones
argentino-cubanas, intenta cubrir esa brecha en base a información de
entrevistas personales, material de archivo histórico de Argentina y
fuentes secundarias.

Kezia McKeague es Licenciada en Ciencias Políticas e Idioma Español de
Wake Forest University, en Carolina del Norte. Actualmente es
investigadora asociada del Centro para la Apertura y el Desarrollo de
América Latina (CADAL), con sede en Buenos Aires, Argentina.

Por razones de espacio y formato, hemos evitado para esta edición las
múltiples referencias y anotaciones al margen que la autora mantiene en
el texto original, concebido para una audiencia académica. El próximo
domingo, al publicar la parte final, presentaremos un resumen de las
mismas. Igualmente, algunas atribuciones han sido suprimidas siempre que
no afectan la comprensión del estudio.

Dictaduras a dúo

Si bien sus relaciones no siempre fueron óptimas, Cuba y el último
régimen militar argentino se acercaron en lo relativo a la sensible
cuestión de los derechos humanos. Para la junta argentina, resultaba
imperativo contrarrestar las críticas internacionales a la represión que
siguió al golpe de estado en 1976. Este esfuerzo se centró en la
Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Ginebra, donde el
régimen anticomunista irónicamente halló respaldo diplomático entre sus
adversarios ideológicos.

El rol de la Unión Soviética en la defensa Argentina es bien conocido
entre los expertos en derechos humanos, quienes notaron el desarrollo de
una alianza non santa''. Menos conocido es el apoyo que dio Cuba al
gobierno militar para impedir que se considere el caso argentino en
Naciones Unidas. Este documento intenta cubrir esa brecha en base a
información de entrevistas personales, material de archivo histórico de
Argentina y fuentes secundarias.

La primera parte brinda un contexto sobre los principales cuerpos y
procedimientos de derechos humanos de la ONU. Las siguientes secciones
detallan la naturaleza e importancia del apoyo cubano a lo largo del
período del régimen militar. La conclusión analiza varios factores que
contribuyeron a la cooperación cubana con Argentina, argumentando que
resultó principalmente de una evaluación pragmática de los intereses
nacionales.

Procedimiento de la ONU

El cuerpo secundario del Consejo Económico y Social de Naciones Unidas
(ECOSOC), la Comisión de Derechos Humanos se ha reunido en forma anual
en Ginebra desde 1946. Consiste en representantes estatales, elegidos
por períodos de tres años según una fórmula diseñada para asegurar una
distribución regional equitativa. Entre 1967 y 1980, sumaron 32; con la
reforma de 1980, los miembros de la Comisión subieron a 43 estados.

Los estados en vías de desarrollo dominan la Comisión, aunque no forman
un bloque unido, a diferencia de los grupos relativamente cohesionados
del Oeste y el Este durante la Guerra Fría. La débil coalición de países
no alineados frecuentemente defendía a sus miembros mientras aprobaba
investigaciones contra otros, pero también se fragmentaba sobre
cuestiones decisivas en sus diferentes regiones.

Según Howard Tolley, los delegados más partisanos, más allá de sus
convicciones ideológicas, ``a su turno profesan indignación a las
flagrantes violaciones a los derechos humanos de sus enemigos, y luego
defienden a sus aliados quejándose de una aplicación selectiva, de doble
moral, y de intervención política ilícita en cuestiones domésticas''.

Esta clase de cálculos políticos son en gran parte culpables del
tratamiento dispar de las violaciones de derechos humanos que mencionan
los críticos de la Comisión. De hecho, muchos miembros son en sí mismos
serios violadores de los derechos humanos, con el interés oculto, no
sólo de impedir acciones sobre sus propias situaciones internas sino
también en aplicar las normas de derechos humanos ocasional y
selectivamente para debilitar los mecanismos generales y obtener
ventajas políticas sobre sus adversarios.

Esto quizás sea el resultado inevitable de un órgano intergubernamental
cuyos delegados deben promover el interés nacional sobre los derechos
humanos cuando entran en conflicto. De todas formas, unos pocos
gobiernos han adoptado políticas más imparciales, y, si bien las
coaliciones de votación cohesivas pueden bloquear resoluciones
propuestas, el impulso de una iniciativa generalmente requiere de la
cooperación de otros. El compromiso sincero con la oposición a los
principios de los derechos humanos también puede generar conflictos,
como lo ejemplificó el énfasis occidental sobre los derechos civiles y
políticos y la prioridad dada a los derechos económicos y sociales por
los estados menos desarrollados.

A diferencia de los representantes gubernamentales de la Comisión, los
26 miembros de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y
Protección a las Minorías, el único cuerpo subsidiario de la Comisión,
lo hacen por capacidad personal. Sin embargo, los críticos han sostenido
que funcionan bajo presiones políticas similares en concordancia con,
sino de hecho, bajo las instrucciones de sus gobiernos. La independencia
de la Subcomisión está de hecho restringida, aunque en forma indirecta,
por el procedimiento de elección, que se realiza en la Comisión por
postulación de los gobiernos. Algunos países postulan regularmente a
empleados de sus ministerios de relaciones exteriores, mientras que
otros, como los estados del bloque del Este durante la Guerra Fría,
rechazan abiertamente el principio de expertos independientes.

Las capacidades de aplicabilidad de la Comisión y la Subcomisión, que
inicialmente se limitaban a sí mismas a la mera promoción de los
derechos humanos, descansa en dos decisiones de la ECOSOC: la resolución
1235, de junio de 1967, y la resolución 1503, de mayo de 1970. La
resolución 1235 autorizó tanto a la Comisión como a la Subcomisión a
solicitar información sobre violaciones y a estudiar situaciones que
demuestren un esquema de violaciones flagrantes. Este procedimiento es
público y no utiliza comunicaciones confidenciales como evidencia. La
resolución 1503, por su parte, preveía un procedimiento confidencial
para revisar las comunicaciones mediante un proceso de monitoreo en dos
etapas. Un grupo de trabajo de cinco miembros, designado por la
Subcomisión con un miembro de los grupos africano, asiático,
latinoamericano, europeo del este y europeo occidental, se reúne dos
semanas antes de las sesiones de la Subcomisión en agosto para
identificar los patrones consistentes de violaciones flagrantes y para
referirse respecto de dichas situaciones a la Subcomisión en su
totalidad. En sesiones privadas, la Subcomisión elige entonces las
situaciones que serán referidas a la Comisión.

A su vez, la Comisión, puede mantener una situación bajo revisión,
llevar a cabo una investigación en cooperación con el gobierno señalado
o abandonar el procedimiento confidencial a favor del proceso público de
la 1235.

Así, la resolución 1503 creó un sistema internacional de reclamos que
permite que solicitantes individuales y organizaciones no
gubernamentales condenen las violaciones de derechos humanos en
cualquier país. Activistas occidentales inicialmente alabaron al nuevo
mecanismo, aunque pronto se dieron cuenta que su naturaleza confidencial
permitía que los gobiernos represivos escaparan al significativo
escrutinio. En la práctica, regímenes como la junta militar argentina
intentaron utilizar el lento y secreto procedimiento como escudo contra
la censura pública. Aunque su preferencia natural era evitar una
revisión en su totalidad, la segunda mejor opción era fingir cooperación
con el proceso confidencial para frustrar cualquier debate público.

El caso argentino

La campaña masiva de desapariciones forzosas lanzada por la junta
militar argentina atrajo la atención de las Naciones Unidas apenas unos
meses después del golpe de marzo de 1976. En su sesión anual en agosto,
la Subcomisión aprobó una resolución que mencionaba a Argentina y
expresaba preocupación acerca de la situación de derechos humanos y la
apremiante situación de los refugiados.

La resolución representaba un revés para el embajador argentino en
Ginebra, Gabriel Martínez, que estaba decidido a impedir tanto la
crítica pública como las investigaciones confidenciales, por más
ineficiente que fuera el procedimiento 1503. Durante los siguientes dos
años, la estrategia militar argentina, fielmente implementada por
Martínez en Ginebra, sería negar la legitimidad de todas las presiones
internacionales por los derechos humanos.

El objetivo de Martínez durante este período fue la Subcomisión debido a
su posición en el primer nivel de la jerarquía de la ONU para la
protección de los derechos humanos. No había ningún cubano en la
Subcomisión en ese momento, pero el miembro soviético jugó un rol
crucial como uno de los cinco miembros de la subcomisión dentro del
grupo de trabajo responsable de rever las comunicaciones.

Para el año siguiente, arribaron a Ginebra cientos de comunicaciones
sobre Argentina que fueron examinadas por el grupo de trabajo antes de
la sesión de agosto de la Subcomisión. Allí, los miembros soviético,
paquistaní y nicaragüense votaron a favor del gobierno argentino (a
diferencia de los miembros de Estados Unidos y Ghana), impidiendo así
cualquier acción sobre las comunicaciones por otro año.

Sin embargo, en 1978 el grupo de trabajo puso a Argentina en un listado
preliminar de flagrantes violadores de los derechos humanos; los
miembros soviético y paquistaní mantuvieron su voto a favor del régimen
militar, mientras que Estados Unidos, Nigeria y Colombia votaron en
contra. En la Subcomisión completa, Mario Amadeo, el nuevo miembro
argentino de la Subcomisión elegido el marzo anterior, argumentó que su
gobierno necesitaba de más tiempo para revisar todos los casos
individuales contenidos en las comunicaciones. Con los votos decisivos
de los miembros Soviéticos y los no alineados, la Subcomisión decidió no
enviar el caso argentino a la Comisión.

Este triunfo de Martínez y Amadeo impidió cualquier investigación bajo
el procedimiento 1503 por un año más, pero, en la próxima reunión de la
Comisión en febrero de 1979, siete delegaciones occidentales presentaron
públicamente el borrador de una resolución que pedía al Secretario
General de la ONU que recolectara información sobre las desapariciones.
Si bien Argentina todavía no era miembro de la Comisión, Martínez había
cultivado contactos personales estrechos con los delegados no alineados
y socialistas, que utilizó para bloquear la resolución occidental
(entrevista, 15 de noviembre del 2005).

Con su apoyo, Martínez utilizó una típica estrategia para derrotar las
resoluciones críticas: la introducción de una contrapropuesta acusando
de violaciones a los opositores. Su enmienda a la resolución occidental
que apuntaba a Estados Unidos, fue presentada por los delegados no
alineados y, siguiendo las reglas de la ONU, fue sujeta a votación antes
de la resolución real. Tensas negociaciones hicieron colapsar al
comprometido texto, y, como resultado, la cuestión se pospuso un año más.

Como uno de los miembros más influyentes, aunque controvertido, de los
países no alineados en la Comisión, Cuba jugó un rol importante en la
defensa que el movimiento de no alineados hizo al régimen argentino. El
gobierno cubano mantuvo una delegación activa desde que logró la
membresía en la Comisión en 1976, mientras que su elección a la
presidencia del movimiento de no alineados en 1979 elevó su perfil entre
los países en desarrollo. Junto con las mejoradas relaciones con la
Unión Soviética hacia fines de la década de 1970, esta posición de
liderazgo también estableció a Cuba como agente de negociación entre el
mundo desarrollado y el bloque socialista.

Para Martínez, Cuba también actuó como ''interlocutor'' entre la
delegación argentina y las de Europa del Este (entrevista, 15 de
noviembre del 2005). Cuando Martínez necesitaba pasar un mensaje a un
país del bloque del Este, generalmente le pediría al embajador cubano
que fuera su mensajero. Cuba también ayudó a convenir reuniones de los
delegados no alineados en nombre de Argentina. Dichos favores reflejaron
una relación entre los representantes cubanos y argentinos en Ginebra,
que Martínez describe como ''óptima'' y ''extremadamente cercana''.
Despreocupados por las diferencias ideológicas, el apoyo fue mutuo,
según Martínez. ``Los cubanos siempre, siempre nos apoyaron, y nosotros
los apoyamos a ellos''.

Este apoyo de Cuba y los otros países no alineados y socialistas en la
Comisión resultó crucial en febrero de 1979. A pesar de su oposición
ideológica a los objetivos no alineados, la junta militar se había
mantenido en el movimiento para obtener el respaldo del grupo
numéricamente importante en cuestiones como los derechos humanos y las
Islas Malvinas. Su pragmatismo fue recompensado en 1979, como lo
reconoció más tarde un informe del Ministerio de Relaciones Exteriores:

``La evolución de la participación argentina en el Movimiento demuestra
que ha sido como consecuencia de una actividad diplomática positiva y
fértil que la República pudo lograr los apoyos necesarios para un
tratamiento decoroso del caso argentino en la Comisión de Derechos
Humanos, como consecuencia de la decidida actuación en su favor de los
miembros No Alineados de la Comisión. Ello se puso de manifiesto en el
35to. Período de Sesiones (febrero de 1979) poco tiempo después de la
concurrencia del ministro de Relaciones Exteriores, Vicealmirante Oscar
Antonio Montes, a la Conferencia de Cancilleres realizada en Belgrado en
julio de 1978.

Cambio de estrategia

Una vez más Argentina evitaba una investigación sobre la situación de
los derechos humanos, pero Martínez reconoció que la creciente presión
internacional hacía que cada vez fuera más probable una condena al
régimen militar. Por ende recomendó a la junta un cambio de 180 grados
en la estrategia: cooperación con el procedimiento 1503 para evitar el
debate público sobre las desapariciones. Como parecía inminente una
acción sobre el caso argentino, Martínez explotó la regla de
confidencialidad como defensa contra una condena pública más vergonzosa.
Para hacerlo, le pidió a Amadeo que hiciera que Argentina pierda la
votación en la sesión de la Subcomisión de 1979. A pedido de Amadeo, el
miembro soviético del grupo de trabajo sobre comunicaciones revirtió su
voto, enviando comunicaciones sobre Argentina a la Subcomisión completa,
donde, a su vez, eran remitidas a la Comisión.

En los meses entre la decisión de la Subcomisión y la próxima sesión de
la Comisión en febrero de 1980, varios cambios en el clima internacional
afectaron las políticas cubanas y argentinas.

La sexta reunión de no alineados, llevada a cabo en La Habana en
septiembre de 1979, ayudó a disipar una anterior controversia sobre el
rol de Cuba en el movimiento, fortaleciendo sus reclamos de liderazgo
del mundo en desarrollo. La invasión soviética de Afganistán en
diciembre, sin embargo, tuvo un efecto opuesto.

http://www.miami.com/mld/elnuevo/news/magazine/14133294.htm

No comments: