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Wednesday, August 17, 2016

Discapacitados - derechos sin ley

Discapacitados: derechos sin ley
agosto 16, 2016 12:33 pm

San Agustín, La Lisa, Nelson Rodríguez Chartrand, (PD) Ya he planteado
en varias oportunidades, que las pocas libertades y derechos humanos que
reconocen la Constitución y las leyes cubanas, no son eficazmente
garantizadas. Los derechos de los incapacitados es un ejemplo de ello:
no existe en el ordenamiento jurídico interno una disposición de rango
superior, eso es, una ley, que al menos los establezca de una manera
precisa.

Esta laguna del sistema jurídico cubano que erróneamente se ha querido
salvar a través de la dispersión legislativa de normativas inferiores
ineficaces (resoluciones, instrucciones, acuerdos; etc.), es a mi
juicio, una de las causas fundamentales de la violación de muchos de los
derechos de las personas con discapacidad.

La condición de Cuba como firmante y ratificante de la Convención sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad, obliga a los gobernantes
cubanos, teniendo en cuenta su carácter vinculante, a la adopción de un
esquema jurídico serio y eficaz, capaz de garantizar los derechos
específicos que para las personas discapacitadas establece dicha
Convención. Sin embargo, esto aún no se ha hecho realidad, pues como ya
expresé al inicio, los discapacitados cubanos no cuentan con una ley que
de manera precisa, establezca y le garantice sus derechos.
El hecho es que no podrán ser garantizados jamás los derechos de los
discapacitados si la sociedad en su conjunto los desconoce y no está
sensibilizada con ellos. Este es, a mi juicio, el principal obstáculo
que enfrentan hoy los discapacitados cubanos.

El artículo 8 de la precitada Convención, establece: "Los estados partes
se comprometen a adoptar medidas inmediatas efectivas y pertinentes,
para sensibilizar a la sociedad, incluso a nivel familiar, para que tome
mayor conciencia respecto de las personas con discapacidad y fomentar el
respeto de los derechos y la dignidad de estas personas…"

¿Qué medidas entonces ha adoptado el gobierno cubano en este sentido?
Sencillamente, ninguna. Un par de spots televisivos esporádicos ha sido
todo, ya que ni en los planes de la enseñanza educativa se encuentran
previstos estos temas.

Tampoco el Código Penal cubano contiene figuras delictivas específicas
que sancionen conductas violatorias y discriminatoria de los derechos de
los discapacitados.

Para que se tenga una idea de la dispersión y cantidad de normativas de
menor rango vigentes en Cuba respecto a los derechos de los
discapacitados, les diré que he podido constatar, que entre
resoluciones, instrucciones, normas y acuerdos, existen veinte
normativas emitidas por más de doce organismos diferentes, que en su
mayoría habitan olvidadas en los archivo de cualquier oficina.

Tal dispersión y variedad legislativa, en mi opinión en extremo
abundante, atenta, indudablemente, contra el efectivo cumplimiento del
espíritu del artículo 8 de la ya citada Convención, lo que explica por
una parte, el irrespeto, la insensibilidad, la discriminación y la
indiferencia de que son víctimas los discapacitados cubanos por parte de
la sociedad, y por la otra, la falsa voluntad política de los
gobernantes de cumplimentar lo estipulado en la Convención sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad.

Fíjense si esto es así, que aspectos tan sencillos como lo es el derecho
a la accesibilidad consagrado en el artículo 9 de la Convención, el
gobierno cubano prácticamente no ha hecho absolutamente nada al
respecto, aún cuando está comprobado en estudios realizados.

Por ejemplo, el costo agregado en las edificaciones construidas con los
requerimientos de accesibilidad necesarios para los discapacitados, no
supera el 1% del valor total de la acción constructiva.

Otro derecho de los discapacitados cuya materialización sólo depende de
la voluntad de los gobernantes, es el derecho de aparcamientos
especiales y la excepción para estacionar en zonas especiales.

¿Tiene esto alguna justificación?

Y para los que pretendan rebatir mi criterio en cuanto a la escasa
voluntad política de los gobernantes cubanos de garantizar los derechos
de los discapacitados; pregunto: ¿Por qué el gobierno cubano no ha
firmado aún el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos
de las Personas con Discapacidad, si el objetivo de este Protocolo es
simplemente permitir a los Estados Partes, el reconocimiento del Comité
sobre los Derechos de Personas con Discapacidad para examinar las
denuncias de los particulares? ¿Por qué el gobierno cubano priva a sus
discapacitados de la posibilidad de realizar denuncias a órganos
internacionales por la violación de sus derechos?
nelsonchartrand@gmail.com; Nelson Rodríguez Ch.

Source: Discapacitados: derechos sin ley | Primavera Digital -
http://primaveradigital.net/discapacitados-derechos-sin-ley/

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