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Thursday, August 22, 2013

El drama de las confiscaciones (I)

El drama de las confiscaciones (I)
MIÉRCOLES, 21 DE AGOSTO DE 2013 00:03
ESCRITO POR YAREMIS FLORES MARÍN

Cuba actualidad, Arroyo Naranjo, La Habana, (PD) La vida de Diana es un
infierno desde el 15 de diciembre de 2012. Ese día, agentes policiales
hicieron un registro en su casa en Colón, Matanzas y apresaron a su
mamá, Sara Elena Álvarez Oquendo, por el delito de proxenetismo y trata
de personas.

Sara Elena es una mujer de 50 años con autorización para alquilar
cuartos y habitaciones. Aún no la han sancionado y le quieren confiscar
su vivienda.

"La investigación está basada en mentiras; hablé con las testigos y me
confesaron que declararon bajo amenazas de que le iban a aplicar la
peligrosidad", dijo Diana.

En Cuba, las mujeres que se prostituyen son declaradas en estado de
peligrosidad. Por lo general, son internadas por 4 años en
establecimientos penitenciarios del Ministerio del Interior (MININT).

Recién iniciado el proceso penal contra Sara Elena Álvarez, su núcleo
familiar, incluido un menor de edad, fue declarado ocupante ilegal del
inmueble, por la Lic. Caballero Pérez, Directora Provincial de Vivienda
en Matanzas.

Según la resolución confiscatoria, tras "un expediente secreto y
operativo por más de un año del órgano competente del MININT", se supo
que supuestamente Sara Elena Álvarez contactaba con mujeres para que
mantuvieran relaciones sexuales por dinero y que vendía alimentos y
bebidas alcohólicas.

"Mi mamá está construyendo esa casa desde que tengo dos años, está en
los altos de la vivienda de mis abuelos, quienes dependen de nuestros
cuidados", precisa Diana. "Ellos nos cedieron el uso de la azotea para
vivir cómodos en familia, incluso nuestra entrada está en su terreno.
Supliqué que por lo menos nos pusieran como arrendatarias permanentes,
pero al parecer esa casa ya tiene otro dueño", lamenta Diana."Me
entrevisté con Dinora, presidenta del gobierno municipal y Xiomara, jefa
de la Dirección Municipal de la Vivienda, y ellas dijeron no tener el
poder para detener la confiscación."

¿Puede una persona perder la vivienda sin aún celebrarse juicio en su
contra?

El Decreto Ley 232 de 2003 establece que se dispone la confiscación de
las viviendas o locales, en los que:
-se produzca, trafique, adquiera, guarde, consuma, oculte o de cualquier
otro modo se realicen hechos que, directa o indirectamente, se hallen
relacionados con las drogas ilícitas, estupefacientes, sustancias
psicotrópicas u otras de efectos similares;
-se practiquen actos de corrupción, prostitución, proxenetismo, trata de
personas, pornografía, corrupción de menores, tráfico de personas u
otros de similar connotación.

Según la disposición legal, en el proceso solo interviene la Fiscalía y
la policía, excluyendo el derecho a las personas a ser escuchadas ante
un juez, máxime en una pérdida de tan considerable valor.

Aunque en el proceso judicial existe una sanción accesoria de
confiscación, esta al menos prevé en el Código Penal que "la
confiscación de bienes no comprende, sin embargo, los bienes u objetos
que sean indispensables para satisfacer las necesidades
vitales del sancionado o de los familiares a su abrigo y es aplicada por
el Tribunal a su prudente arbitrio" en los delitos que considere.

Para Cuba actualidad: yaremisflorez.@gmail.com

Source: "El drama de las confiscaciones (I) | Cuba noticias
actualidad.Periodismo independiente." -
http://www.primaveradigital.org/primavera/destacados/121-sociedad/8385-el-drama-de-las-confiscaciones-i.html

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