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Tuesday, February 02, 2016

Algunas verdades sobre la Constitución del 76

Algunas verdades sobre la Constitución del 76
¿Es Cuba, como reza el art. 1, una república democrática, organizada con
todos y para el bien de todos?
martes, febrero 2, 2016 | Roberto Jesús Quiñones Haces

GUANTÁNAMO, Cuba.- Las revoluciones burguesas legaron al mundo la gran
conquista de la institucionalidad. Los poderes absolutos de los monarcas
fueron sustituidos por los de funcionarios elegidos libremente por el
pueblo y, frente a ese poder ejecutivo, surgieron como equilibrio los
parlamentos, encargados de aprobar las leyes, y los tribunales, cuya
función es aplicarlas e interpretarlas. Así se conforman las
democracias, cuyas esencias se sustentan en las constituciones.

La existencia de las cartas magnas no implica que automáticamente se
respeten los derechos de los ciudadanos, ni la construcción de un estado
de derecho.Los derechos constitucionales de los ciudadanos se violan en
todas partes del mundo, en ocasiones debido al poder omnímodo de un
gobierno avasallador; en otras, por errores o arbitrariedades de los
funcionarios .Las consecuencias y alcance de tales violaciones se miden
por la posibilidad real que tienen los ciudadanos de obtener una
efectiva tutela jurídica de sus derechos.

Allí donde existan instituciones jurídicas independientes y sólidos
mecanismos de defensa, los ciudadanos tienen gran posibilidad de obtener
justicia y reparación ante los abusos del gobierno.Tal no es el caso de
Cuba, un estado de hecho, no de derecho, donde las orientaciones
políticas de sus dirigentes valen más que las leyes y el acontecer
nacional está signado por las contingencias y las decisiones de un grupo
de poder que no ha sido elegido por el pueblo. Cuando tales
circunstancias prevalecen, la constitución no es más que un adorno,
precisamente lo que ocurre en nuestro país.

La constitución comunista de 1976

En los estados democráticos las constituciones son fruto del trabajo
consensuado de las diferentes fuerzas políticas que conforman las
asambleas constituyentes, previa elección democrática. En Cuba, la
constitución aprobada en 1976 fue escrita por un reducido grupo de
miembros del Partido Comunista, de ahí su esencia antidemocrática.

Aún así los escasos derechos que reconoce a los ciudadanos no gozan de
una tutela jurídica efectiva y las pruebas más fehacientes de ello son
las masivas y reiteradas violaciones que sufren los cubanos en cuanto a
la protección de su libertad personal, a la libertad de movimiento por
el país y fuera de él, a la inviolabilidad del domicilio, al derecho a
un proceso justo, al derecho de queja,a la protección de la propiedad
personal y otros reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos
Humanos e incorporados a la constitución comunista con limitaciones.

Los teóricos castristas criticaron a los legisladores republicanos,
imputándoles que nunca promulgaron las leyes complementarias para hacer
efectivos muchos de los derechos de la constitución de 1940. Sin
embargo, más de 40 años después de su promulgación, los legisladores pro
castristas arrastran el mismo error.

Por ejemplo, Cuba no sólo carece de un Tribunal de Garantías
Constitucionales sino que no existe la ley complementaria dedicada a
regular el derecho de queja. Eso facilita el maltrato y la desatención a
las quejas de los ciudadanos en la Fiscalía General de la República,
institución que por mandato del art. 127 de la Constitución de la
República tiene la obligación de velar y hacer cumplir la legalidad
socialista y los derechos de los ciudadanos, independiente de su
posición política. Sin embargo, en múltiples ocasiones los fiscales se
niegan a entregar al quejoso un simple acuse de recibo de su queja y ya
ni siquiera le responden por escrito. Se reitera la negativa de dicha
institución a brindar una tutela jurídica efectiva de dicho derecho
cuando los perjudicados son opositores pacíficos o periodistas
independientes,lo cual demuestra el frágil estado de la
institucionalidad en nuestro país.

Los legisladores castristas todavía no han elaborado leyes
complementarias imprescindibles como la que se necesita para regular el
derecho de queja sino que tampoco existen en Cuba leyes complementarias
sobre ciudadanía, prensa, cultos, funcionamiento de la policía, cultura
y deportes, por citar algunos ejemplos. En cuanto a la libertad
personal, la inviolabilidad del domicilio y la protección de la
propiedad ante acciones de las fuerzas represivas en la Ley de
Procedimiento Penal, existen numerosas omisiones y oscuridades.

Violaciones cotidianas de la Constitución comunista

Además de las que apuntamos anteriormente, en Cuba la discriminación por
razones políticas, una de las más degradantes, ha estado presente en
toda la sociedad desde el mismo empoderamiento de las guerrillas
totalitarias comandadas por Fidel Castro.

Un cubano que no esté plenamente identificado con el castrismo, por muy
honrado, decente y capacitado que sea, jamás podrá disfrutar de los
mismos beneficios que otro ciudadano ¨revolucionario¨. El primero jamás
podrá optar por una carrera militar, diplomática, u otra donde se
requiere una indubitable fidelidad al régimen, ni podrá ocupar jamás
algún cargo de dirección en la administración del Estado. Quienes logren
graduarse en esas carreras u ocupar esos cargos están obligados a
demostrar durante toda su vida lealtad al régimen castrista o simular
que lo hacen. De no actuar así serán convertidos inmediatamente en parias.

En Cuba no funcionan correctamente muchas de las instituciones del
gobierno y la sociedad, pero que los castristas, que son los creadores
de la constitución vigente, sean los primeros en violarla, dice mucho de
su desprecio por la ley y de su incapacidad como gobernantes.

Eso ocurre en un país cuya constitución declara en su artículo 1 que
Cuba "es una república democrática, organizada con todos y para el bien
de todos, para el disfrute de la libertad política, la justicia social,
el bienestar individual y colectivo y la solidaridad humana", valores
que continúan ausentes de nuestra cotidianidad.

Sería más realista, y hasta decente, que el castrismo y sus testaferros,
que no se cansan de declarar que son los que más respetan los derechos
humanos, modificaran la constitución comunista y especificaran que la
república está organizada con todos y para todos los que apoyan al
castrismo. Así, al menos, la actuación de sus organismos, instituciones
y funcionarios sería congruente con lo proclamado en la carta magna, y
por tanto, menos hipócrita.

Source: Algunas verdades sobre la Constitución del 76 | Cubanet -
https://www.cubanet.org/opiniones/algunas-verdades-sobre-la-constitucion-del-76/

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