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Monday, April 02, 2012

Balseros indefensos

Balseros indefensos
Lunes, Abril 2, 2012 | Por Laritza Diversent

LA HABANA, Cuba, abril, www.cubanet.org -Julio Cesar Rifa Rivero y Roger
Pupo Fariñas están totalmente indefensos, y no tienen forma de cambiar
esa situación. No encuentran un abogado que quiera demandar a la
Capitanía del Puerto de La Habana por vulnerarles sus legítimos derechos.

El 17 de diciembre del año pasado, las autoridades los sorprendieron,
junto a 4 personas más, en aguas cercanas a la costa, flotando sobre una
balsa construida por ellos mismos, después de un intento fallido de
salida del país. "Había mal tiempo y decidimos recalar", afirma Pupo
Fariñas.

El 3 de marzo del presente año, 2 meses y medio después, el Teniente
coronel Jorge Luis Aluija Urgell, dictó resolución en la que afirma que
los 6 balseros incurrieron en una infracción muy grave. "Construyeron
una embarcación rústica, en la cual, más tarde, navegaron sin la
autorización de la Capitanía de Puerto", argumenta.

En 1994, por política penal, amparada en la vigencia de tratados
internacionales (Acuerdos Migratorios), el Estado cubano decidió no
sancionar penalmente a los emigrantes cubanos que intentan salir
ilegalmente del país por vía marítima, en embarcaciones precarias y con
riesgos para sus vidas.

Sin embargo, el gobierno, a través de la Capitanía del Puerto, los
sanciona administrativamente cuando los detecta en la costa o en el mar,
por infringir las normas sobre la tenencia y operación de embarcaciones
en el territorio nacional.

En Cuba está vigente un sistema para reprimir con multas y otras
medidas, como el decomiso, violaciones de las disposiciones
administrativas que no constituyan delito, llamadas infracciones o
contravenciones personales. Hasta la fecha, el gobierno ha puesto en
vigor más de 90 disposiciones legales en materia contravencional.

Existen 14 infracciones sobre tenencia y operación de embarcaciones,
calificadas de leves, graves y muy graves, sancionables con multas que
van desde 500 hasta 10 mil pesos, incluyendo el decomiso.

Yandi Vidal Cruz Alfonso, de 22 años, Renny Leyva Risco, de 26,
Alexander Lara Céspedes, de 36, Ricardo Mera Brides, de 36, y Julio
Cesar Rifa Rivero, de 33 años, fueron multados con 3 mil pesos en moneda
nacional, y a Roger Pupo Fariñas, de 31 años, se le impuso el pago de 4
mil pesos.

La reincidencia en la comisión de infracciones graves, o incurrir a la
vez en infracciones leves y graves, se sanciona con multa de 3 mil a 10
mil pesos.

Roger tiene, además, 12 intentos de salida del país. En diciembre de
2006, fue detenido cuando regresaba a la costa, y fue interrogado por
oficiales de Seguridad del Estado, pero no fue multado. Julio tiene
otras 5 salidas, 4 de las cuales no fueron detectadas por las autoridades.

El capitán de puerto, en su resolución, indicó a los balseros el derecho
a recurrir su decisión. Los jóvenes buscaron asistencia legal en la sede
de la Asociación Jurídica Cubana, dirigida por el Licenciado Wilfredo
Vallín. Los letrados de esta organización independiente le redactaron el
escrito de reclamación.

"La resolución 16/12, de la Capitanía del puerto de La Habana, se
notificó extemporáneamente", consignaron en su alegato. "Se convierte en
un acto jurídico ineficaz, por no cumplir las formalidades establecidas
en este caso el término para su aplicación", argumentaron.

La Capitanía del puerto les denegó la interposición del recurso. Los
abogados de la AJC les recomendaron no pagar la multa. Sin embargo, las
normas que rigen el sistema contravencional advierten que para apelar
una contravención, se debe satisfacer primero la penalidad.

Las multas se duplican de no pagarse dentro de los 30 días siguientes a
su imposición. A los 2 meses de impago, se tramita, para su cobro, la
vía de apremio, mediante el embargo del sueldo, salario, pensión o
cualquier otro ingreso que perciba el infractor.

Los balseros no quedaron conformes. Su último intent fue solicitar los
servicios de un abogado de Bufetes Colectivos (estatales), que los
representara en una demanda legal contra la Capitanía de Puerto. La Ley
de Procedimiento Civil vigente regula un procedimiento para reclamar, en
la vía judicial, las decisiones administrativas de los órganos estatales
que vulneren derechos legalmente establecidos.

Julio Cesar Rifa Rivero y Roger Pupo Fariñas se personaron en la sede de
2 bufetes colectivos, ubicados en el Vedado y Arroyo Naranjo, en la
capital. Intentaron contratar 4 abogados. Todos se negaron.

Los balseros asumen que tal vez, los letrados temen llevar una demanda
contra una dependencia del Ministerio del Interior.

http://www.cubanet.org/articulos/balseros-indefensos/

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