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Saturday, July 18, 2015

El derecho a la privacidad

El derecho a la privacidad
julio 15, 2015 2:03 pm

San Agustín, La Lisa (PD) Existe un derecho muy vinculado a la dignidad
humana, y este es el derecho a la privacidad, que no es otra cosa que el
estricto respeto a la vida íntima de las personas y de las familias.

El artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos estipula:
¨Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su
familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a
su reputación.¨

Pues bien, a los payasos que idearon la comedia de la Constitución
cubana, los mismos que gobiernan hoy en mi país, no les bastó regular
este derecho en un solo artículo, sino que necesitaron dos preceptos
constitucionales, y esto me hace recordar ese viejo refrán que dice:
¨Dime de qué presumes y te diré de qué careces.¨

Dice el artículo 56 de la Constitución cubana que el domicilio es
inviolable, y que nadie puede penetrar en el ajeno, contra la voluntad
del morador…, y el artículo 57 expresa que el mismo principio se
observará respecto a las comunicaciones cablegráficas, telegráficas y
telefónicas, que también son inviolables…

Pero por favor, amigos, no se apresuren en sacar conclusiones; recuerden
que el exceso de entusiasmo es un obstáculo a la hora de enfrentar las
frustraciones.

Lo terriblemente irrisorio y cínico es, que inmediatamente después que
estos malos comediantes refrendan estos derechos, con una ironía
inigualable, los pisotean, al expresar: ¨Salvo en los casos previstos en
la ley¨.

Así, dejan claro que la Constitución no garantiza ni mucho menos estos
derechos, pues los supedita a la legislación ordinaria. Ni siquiera
tuvieron la delicadeza de señalar en qué ley se encuentran previstos los
presupuestos en que estos derechos serían violados.

Esto significa que estos dos preceptos magnos, de hecho, carecen de todo
valor. Engrosando la larga lista de los preceptos constitucionales a los
que he dado en llamar ¨preceptos de apariencia.¨

No puede ser de otra manera. Para los gobiernos totalitarios y
dictatoriales, como sin lugar a dudas lo es el cubano, es una cuestión
de primer orden penetrar en lo más hondo de la vida privada de los
ciudadanos, y escudriñar hasta en el pensamiento de sus súbditos.

El régimen ha creado las condiciones necesarias para ello. El ejemplo
más representativo lo constituyen los Comité de Defensa de la Revolución
(CDR), que rastrean día a día, segundo a segundo, la vida de los
ciudadanos, quiénes los visitan, qué comen, cómo se visten, etc.,
informando de todo ello a los macabros agentes de la Seguridad del Estado.

Y qué hablar de la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A (ETECSA), a
la que preferiría llamar ETECSE, por ser una de las dependencias más
eficientes de la Seguridad del Estado en materia de violaciones de la
privacidad.

En fin, los cubanos, todos sin excepción, se sienten desnudos al saberse
radiografiados por la Seguridad del Estado. Saben la mentira que
encierra el reconocimiento de la privacidad en la comedia constitucional.

Para Cuba actualidad: nelsonchartrand@gmail.com

Source: El derecho a la privacidad | Primavera Digital -
http://primaveradigital.net/el-derecho-a-la-privacidad/

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