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Friday, May 15, 2015

Deportados en su propio país

Deportados en su propio país
El Apartheid cubano, sufrido por familias que abandonaron su terruño y
se fueron a La Habana, buscando bienestar
viernes, mayo 15, 2015 | Reinaldo Emilio Cosano Alén

LA HABANA, Cuba. -Rodolfo Castro, de Santiago de Cuba, coincidió con
otros tres jóvenes detenidos en la estación de policía de Guanabo, al
este de La Habana. Conducidos a la Terminal Central de Trenes en un auto
patrullero -para que no se pudiesen escurrir- los montaron en el tren y
deportaron a sus provincias, previa imposición de mil pesos de multa
–unos cincuenta dólares- a cada uno. Así lo relata Osmany Matos, de
Guanabo, detenido por una infracción de tránsito, que presenció el hecho.

Los "palestinos" (como irónicamente llaman a los que provienen de
provincias orientales) Yordanis Reina, Maikel Caballero y Edilberto
Ledesma, del barrio rural El Parnaso; y Amaury Sera, del municipio
Manatí, todos de la provincia Las Tunas, explicaron a Graciela Orúes
Mena, sindicalista independiente:

"Fuimos a trabajar a Güira de Melena, provincia Mayabeque, porque acá o
no tenemos trabajo o pagan una miseria, siempre contratados por un
campesino. Una tarde andábamos por la ciudad con la ropa de trabajo
impregnada de tierra roja, cuando dos policías nos pidieron la
identificación. Fuimos detenidos y deportados por el delito de 'estar
ilegales'. Nos montaron en el tren con la advertencia de que si
regresábamos iríamos a parar a los tribunales. No nos permitieron cobrar
el tiempo trabajado, ni cambiarnos de ropa, ni recoger las pertenencias.
Pasamos hambre por tantas horas de marcha en tren, sin dinero. Un abuso".

¿El delito? No tener dirección registrada en La Habana.

El abogado independiente René López Benítez, residente en Arroyo Arenas,
La Habana, explica: "El Decreto-Ley 217 del 22 de abril de 1997,
Regulaciones Migratorias Internas para la Ciudad de La Habana y sus
Contravenciones, más conocido como Ley de la Inmigración Interna,
intenta controlar la emigración hacia La Habana (también a capitales de
provincias occidentales). Justifican su aplicación por la grave
situación habitacional, dificultad para lograr empleo, crisis del
transporte público, de abasto de agua, drenaje, electricidad,
combustible doméstico, salubridad, bajo índice de calidad en la
prestación de otros servicios, que ejercen fuerte presión sobre la
infraestructura capitalina. El Decreto dispone erradicar personas y
asentamientos ilegales en La Habana y demás capitales provinciales con
empleo del Ministerio del Interior y el Instituto Nacional de la
Vivienda. Han ejecutado miles de deportaciones, mandatos de desahucios.
Recursos de amparo ante el Gobierno y Partido Comunista es una pérdida
de tiempo. Los desalojos atentan gravemente contra la integridad de
familias completas, incluyendo niños y personas de la tercera edad, que
habían logrado estabilidad laboral, social y personal".

Los barrios marginales envuelven las ciudades del occidente del país.
Hay arremetidas de demoliciones "en nombre del orden y la disciplina
urbanística a cargo del Instituto de Planificación Física, cuyo director
es el general de división Samuel Rodiles, que intenta erradicar barrios
insalubres surgidos frente a la parálisis constructiva del gobierno.
Ahora –fracasada la iniciativa estatal- tratan de incrementar la
construcción de viviendas mediante esfuerzos propios y política de
créditos bancarios y subsidios", añade López.

Actos de rebeldía a lo largo de la isla contra los desalojos han logrado
paralizar algunos desahucios y derrumbes de inmuebles.

La Resolución 267 de la Emigración Interna está en contradicción con
leyes recientes relacionadas con el trabajo por cuenta propia y la
Vivienda. Comenta López:

"El 7 de octubre de 2010 la Ministra de Trabajo y Seguridad Social dictó
la Resolución 32-2010 disponiendo el Reglamento del Ejercicio del
Trabajo por Cuenta Propia, por lo que las restricciones del Decreto-Ley
217 –entre otras causales por falta de empleo- no tienen justificación.
Muchos acuden a la capital para trabajar por cuenta propia en los más
variados oficios de prestación de servicios en construcción, plomería,
limpieza de casas, cuidado de niños y enfermos, agricultura, comercio,
suministros agropecuarios, labores agrícolas. También el requisito
imprescindible de probar la legalidad en una vivienda para obtener
licencia de trabajo se facilita mediante el Decreto-Ley 288, del 28 de
octubre de 2011 Modificaciones a la Ley 65, Ley General de la Vivienda,
referente a la trasmisión de propiedad por compraventa, herencia y
donación; y ratifica el arrendamiento de viviendas, habitaciones y
espacios. Todo lo cual, de hecho, anularía las restricciones migratorias
hacia la capital y disminuiría el registro de casi medio millón de
'población flotante', según Censo de Población y Vivienda, de septiembre
de 2012."

Lo más importante, se eliminarían, sobre todo, las inhumanas
deportaciones. Personas y hasta familias completas que abandonaron su
terruño para trabajar, estudiar e intentar progresar, pero que luego
fueron deportados como parias.

La Ley de la Emigración Interna niega el Artículo 13, inciso 1, de la
Declaración Universal de Derechos Humanos (1948): "Toda persona tiene
derecho a circular libremente y a elegir residencia en el territorio de
un estado".

La industria de la Construcción, próspera hasta 1958, fue en declive
acelerado después de esa fecha. La deportación Interna por motivos
políticos fue utilizada por el gobierno colonial español en el siglo
XIX. Carlos Manuel de Céspedes (1819-1874), Padre de la Patria, estuvo
desterrado en Contramaestre, cerca de Bayamo, su ciudad natal.

cosanoalen@yahoo.com

Source: Deportados en su propio país | Cubanet -
http://www.cubanet.org/destacados/deportados-en-su-propio-pais/

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