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Thursday, January 22, 2015

Presos políticos - lista y noción

Presos políticos: lista y noción
Los delitos políticos son actos de mero ejercicio de derechos humanos
que el Estado prohíbe y castiga de manera artificiosa y arbitraria
Arnaldo M. Fernández, Broward | 21/01/2015 2:35 pm

Nada más que salió la lista de los 53 presos liberados en virtud del
acuerdo Obama-Castro, se armó un brete porque 4 habían cumplido
sentencia y al menos 14 estaban en libertad antes del acuerdo. Tras
llegar la delegación del Congreso estadounidense a La Habana, el brete
giró de quienes ya estaban fuera a quienes habían quedado dentro y
merecen salir. Elizardo Sánchez se apeó con una lista de 24 presos que
cumplen condenas por más de 10 y 20 años por motivos políticos y deben
ser excarcelados por razones humanitarias.

Los presos
Los presos políticos son parte fundamental del problema cubano y su
liberación incondicional, parte indispensable de la solución, pero hay
que andar claro por entre los casos concretos. De acuerdo con la lista
parcial de "condenados o procesados por motivos políticos" que lleva
Sánchez, quedarían aún en prisión [entre corchetes, año del arresto y
sanción]:
- Espías o reveladores de secretos por los cuales EEUU no parece haber
"mostrado interés": los oficiales de inteligencia Claro Alonso Hernández
[1996, 30 años] y Ernesto Borges Pérez [1998, 30 años], la pareja de
personalidades del castrismo Miguel Álvarez [2012, 25 años] y Mercedes
Arce [2012, 14 años], más el corresponsal de Granma en Santiago, Juan
Antonio Torres [2011, 14 años].
- Exiliados infiltrados Pedro de la Caridad Álvarez y Daniel Santovenia
[1991, 30 años], Humberto Real y Armando Sosa [1994, 30 años], Miguel
Díaz [1994, 25 años], Ihosvani Surís [2001, cadena perpetua] y Santiago
Padrón [2001, 30 años].
- Implicados en intentos de secuestrar embarcaciones: Elías Pérez
Bocourt [1992, 30 años] y Erick Salmerón [1992, 25 años], Raúl Cornel y
José Hermán [1993, 30 años].
Secuestradores de la lancha Baraguá: Wilmer Ledea [2003, 30 años],
Harold Alcalá, Maikel, Ramón Henry y Yoanny Thomas [2003, cadena perpetua].
- Complotados en el intento de secuestro de avión y pasajeros de la ruta
Habana-Nueva Gerona: Lewis Arce, Lázaro Ávila, José Ángel Díaz, Jorge
Luis Pérez y Francisco Reyes [2003, cadena perpetua].
- Involucrados en la tentativa de salir a tiro limpio por el Aeropuerto
Internacional José Martí: Leandro Cerezo y Yoan Torres [2007, cadena
perpetua], Karel de Miranda [2007, 30 años ], Alain Forbes [2007, 25
años] y Rider Lescay [2007, 15 años].

Desde la Convención Europea ad hoc (1977) resulta difícil justificar
estos actos como delitos por motivos políticos, sobre todo en los casos
de víctimas mortales. De la lista hay que sacar tanto a quienes cometen
delitos contra la seguridad del Estado con móviles o fines extraños a lo
político, por ejemplo: Miguel Álvarez y Mercedes Arce, quienes parecen
haber revelado secretos con ánimo de lucro, como a quienes actúan con
declarados móviles o fines políticos, pero incurren en conductas
alejadas de la política. Por ejemplo, Sánchez se apea con que Alieski
Calderín [2012, 20 años] nada más que lanzó un cóctel Molotov contra una
tienda "en protesta por la situación económica reinante". Igual
cursilería empleó con Rubén Sintes [2009, 20 años]: "Incendió un
comercio de propiedad estatal como forma de protesta".
Desde luego que el Estado totalitario recurre al índice de peligrosidad
predelictiva o al delito común para castigar a disidentes, pero los
casos de peligrosidad eran cuatro y todos formaron parte del acuerdo, en
tanto los presos por delitos comunes eran apenas dos: José Leyva, por
juegos prohibidos, excarcelado por el acuerdo, y Héctor Hierrezuelo, aún
pendiente por tenencia de drogas, quien quedó fuera del acuerdo.
Además de Hierrezuelo, la agenda de discusión debe incluir a presos que
Sánchez reporta como víctimas de actos de repudio (Yoelkis Rosabal,
Darian Ernesto Dufuss y Ricardo Pelier) o como participantes en
protestas pacíficas (Ángel Figueredo y Mario Alberto Hernández). Y
puesto que el caso de Sonia Garro y otros fue sobreseído, la agenda debe
extenderse a reos con cargos muy parecidos, derivados de hechos que
Sánchez describe como asalto al hogar y agresión a la familia por la
policía: (Juana Castillo [2012, 5 años], Osvaldo Rodríguez Acosta [2012,
9 años] y Osvaldo Rodríguez Castillo [2012, 7 años]).
La noción
Sánchez y su CCDHRN suelen atenerse a que quienes aparecen en los
registros del MININT "como presos CR [Contra-Revolucionarios] para
nosotros son presos políticos". Así manejan, mutatis mutandi, la misma
noción de delito político del Código Penal Soviético (1926): "Toda
acción u omisión dirigida contra la estructura del Estado soviético o
que lesione su orden jurídico" (Artículo 6).
Los delitos políticos son actos de mero ejercicio de derechos humanos
que el Estado prohíbe y castiga de manera artificiosa y arbitraria, como
muestra ejemplarmente el delito de Propaganda Enemiga, que el Código
Penal (1986) castiga más duro (10 a 15 años) que matar a otro (7 a 15
años) si las opiniones antigubernamentales se vierten por medios masivos
de difusión.
Así que la CCDHRN debe refinar primero su noción de delito político
antes que pedir libertad al bulto, porque a la postre la solución dista
mucho de que se liberen hoy a unos cuantos presos para seguir mañana
bajo las mismas leyes que prohíben y castigan por razones de Estado.
Para cambiar estas leyes habría que cambiar de parlamento, pero como no
aparece por ningún lado gente dispuesta a hacerlo, ni con balas ni con
votos, la alternativa estriba en quejarse al gobierno por no ratificar
los pactos internacionales de derechos humanos y pedirle al gobierno que
acabe de hacerlo, para tenerlos al menos formalmente en el Derecho
interno. O seguir de lista en lista y de brete en brete.

Source: Presos políticos: lista y noción - Artículos - Opinión - Cuba
Encuentro -
http://www.cubaencuentro.com/opinion/articulos/presos-politicos-lista-y-nocion-321631

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