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Monday, January 12, 2015

Dieciséis años de prisión por robar un barco

Dieciséis años de prisión por robar un barco
Buscaban escapar, soñaban con ser libres. Fueron capturados, juzgados y
condenados, en un proceso judicial sesgado por el carácter político de
los hechos. Es el final del Caso Ferrocemento
lunes, enero 12, 2015 | Alberto Méndez Castelló

LAS TUNAS, Cuba. -El Tribunal Supremo ratificó las condenas de entre
diez y dieciséis años de prisión impuestas por el Tribunal Provincial de
Las Tunas a los trece acusados por los sucesos del Ferrocemento, según
fueron notificados los sancionados y sus familiares esta semana.

Capturados por guardacostas estadounidenses a pedidos del régimen, el 13
de diciembre de 2013, los cubanos fueron devueltos a la Isla por
autoridades bahamenses.

Maricela Sosa Ravelo, Gladys María Hernández de Armas, Vicente Jacinto
Peguero Pérez, Caridad Febles Feijoo y Deborah del Pino Soto, jueces del
Tribunal Supremo, mediante la Sentencia Tres mil Trecientos Treinta y
Dos (3332) del pasado 27 de noviembre, desestimaron los recursos de
casación por Quebrantamiento de Forma e Infracción de Ley establecidos
por los abogados de la defensa, algunos de los que, incluso, solicitaron
a la máxima instancia judicial la celebración de una nueva vista.

Pero en el primer RESULTANDO de la citada sentencia, los jueces del
Tribunal Supremo expresan "que se da por reproducido el hecho declarado
probado por el tribunal de instancia", bastándoles tres páginas para
declarar "SIN LUGAR los recursos de casación por Quebrantamiento de
Forma e Infracción de Ley, establecidos por los sancionados"; acusados
por Robo con Violencia o Intimidación en las Personas y Salida Ilegal
del Territorio Nacional, cuando, según sostuvo la defensa, los
implicados sólo incurrieron en Salida Ilegal, y no todos, concurriendo
la figura agravada de este delito, esto es, empleo de violencia o
intimidación en las personas o fuerza en las cosas para salir del país.

Juzgados entre el pasado 21 y 22 de agosto "con más presencia militar
que las que tuvieron Fidel y Raúl Castro por el asalto al Cuartel
Moncada", según dijeron testigos, aunque la Sentencia 404 del 9 de
septiembre de 2014 del Tribunal Provincial de Las Tunas, presidido por
la jueza Lilian Martha Batista Guerra, dice que la Causa 230 fue vista
en "juicio oral y público", "sólo permitieron dos familiares allegados
por acusado", dijeron madres, esposas y hermanos de los encarcelados a
este corresponsal.

"Nos registraron, incluso con detectores, a mí me ocuparon hasta la
fosforera", dijo el hermano de un condenado.

Los dos días del juicio, efectuado entre las 9:00 am y 5:30 pm, el
Tribunal Provincial, las calles aledañas y todos sus accesos, fueron
ocupados por fuerzas policiales y Tropas Especiales del Ministerio del
Interior en un despliegue sin precedentes.

La piquera de coches de la terminal interprovincial, situada en un
lateral, fue cerrada. Cocheros y pasajeros fueron obligados a dar un
rodeo para evitar el paso junto al "Tribunal Provincial Popular".
Entre la población, que incluso al amanecer observó boinas negras de las
fuerzas especiales ocupando posiciones elevadas en el Tribunal, corrió
de boca en boca: "Un juicio contra los que mataron tres custodios de un
barco para irse a Estados Unidos".

Nada más lejos de la realidad: los del Ferrocemento no provocaron ni la
más leve lesión que requiriera asistencia médica para su curación.

Incluso, en la Sentencia puede leerse una frase reiterada al
caracterizar a cada uno de los trece acusados. Aun en los que poseen
antecedentes penales: "(…) conducta caracterizada por mantener un modo
de vida acorde a sus posibilidades económicas y buenas relaciones
interpersonales (…)". Pero la radio en Puerto Padre se había dado a la
tarea de entrevistar a la Fiscal del caso, la que, preguntada con
evidente intención de ejercer influencia pública, abundó en la
interrelación de los delitos de robo con los de salida ilegal del país.

Osvaldo Ortiz Rodríguez es un albañil de 48 años de edad. Cualquiera
sabe cuál es el modo de vida de un albañil cubano. Pero Osvaldo fue
sancionado a dieciséis años de cárcel por "robo con violencia e
intimidación", cuando en este caso, en realidad buscaba otro modo de
vida juntando ladrillos en Estados Unidos.

Al patrón del Ferrocemento Dunier Gómez Pérez, de 34 años de edad,
casado, con dos hijos pequeños, no le fue mejor: 14 años de cárcel.

Joaquín Jorge Batista Pérez, Dreyser Silva Morales y Yanok Sánchez
Morales, de 23, 29 y 31 años de edad, marinero el primero y buscándose
la vida por su cuenta los otros, fueron condenados a 13 años de
privación de libertad.

Maikel Ramil Ramos de 42 años y Ernesto Pérez Ferrales de 35, trabajador
por cuenta propia el uno, universitario el otro: once años de cárcel.

Gilberto Millán Roca, de 32 años, trabajador por cuenta propia; Yunier
Marrero Ojeda, de 26 años, cantinero; Vladimir Durañona Blázquez, de 37
años, trabajador por cuenta propia; Jorge Luis Ortiz Rodríguez, de 50
años, jefe de brigada de construcción; Sandro Herrera Acosta, de 39
años, trabajador por cuenta propia y Yoan Velázquez Jomarrón, de de 35
años, chofer, fueron condenados a diez años de prisión.

Familiares de los condenados dijeron a este reportero que, salvo un
defensor que aceptó la calificación de Robo con Violencia e Intimidación
en las Personas dada por la Fiscalía, cinco de los seis abogados
representaron a sus defendidos con profesionalidad y valor; en
ocasiones, utilizando la lógica, y en otras, la ironía para traer los
hechos a su justa realidad.

Que de poco servirían los abogados defensores desde el instante que el
régimen consiguió hacer de estadounidense y bahamenses sus policías,
sabido era.
Pero todos los entrevistados coincidieron en un punto: la sala del
tribunal dejó de ser sala de teatro, haciendo que jueces y militares
prestaran cuidadosa atención, cuando, la defensora del acusado Maikel
Ramil Ramos, la abogada Margarita Santiago Suárez, pronunció su alegato.

La abogada felicitó a las autoridades por tan grande despliegue militar;
tan grande, que había llegado hasta su casa, a tres cuadras del
Tribunal, causando consternación en el pueblo de Las Tunas; alegando la
abogada, pero… "si sólo el 5% de esa fuerza" hubiera cumplido con sus
deberes el día de los hechos, en ese instante los jueces no estarían
juzgando a personas honestas.

Estupefacta por el proceder de los jueces en este proceso, Diana Aroca
Ávila, madre del acusado Gilberto Millán Aroca, condenado a diez años de
prisión, quien en ningún momento tuvo contacto con los custodios del
establecimiento pesquero, pues a nado abordó el Ferrocemento, se dirigió
al Tribunal Provincial de Las Tunas preguntando:

"¿Para qué se realizan los juicios si aunque se demuestran las mentiras
no hacen caso alguno? ¿Sólo copian de un papel a otro? ¿Para qué se
reconstruyen hechos si no los tienen en cuenta a la hora de dictar
sentencia?"

Y añadía la madre del sancionado Gilberto Millán Aroca: "Pregunto esto,
porque no entiendo, como si el propio Instructor Penal al frente del
caso, mayor José Antonio Leyva Reyes, con sus propias palabras, grabadas
en el juicio, declaró que mi hijo montó al barco por el mar, y en la
posición tomada no tenía visión a hechos ocurrido, ustedes no hacen caso
alguno a la hora de dictar sentencia".

La respuesta que en el Tribunal Provincial de Las Tunas dieron a Diana
Aroca, con otras palabras ahora acaba de confirmarla el Tribunal
Supremo: SIN LUGAR. Cabe preguntarse qué lugar tienen las leyes y los
jueces en el sistema judicial cubano, cuando es el propio proceso de
instrucción penal quien testifica que un acusado no está vinculado a
hechos concretos, pero aún así, es condenado por el tribunal de la
jurisdicción y esa sanción es ratificada por el Tribunal Supremo.

Source: Dieciséis años de prisión por robar un barco | Cubanet -
http://www.cubanet.org/actualidad/actualidad-destacados/dieciseis-anos-de-prision-por-robar-un-barco/

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