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Monday, October 13, 2014

Carromero en Miami

Carromero en Miami
Un automóvil accidentado no se deja en la escena como objeto museable. Y
como es preciso trasladarlo, los detalles del auto y del lugar no
"cambian inexplicablemente", como afirma Carromero
Arnaldo M. Fernández, Broward | 13/10/2014 1:15 pm

Este 10 de octubre, al mediodía, el rector Juan Rumín Domínguez dejó que
Ángel Carromero profanara el Santuario Nacional Ermita de la Caridad con
una rueda de prensa sobre "las muertes aún sin aclarar" de Oswaldo Payá
y Harold Cepero. Rumín Domínguez y el resto del clero saben que "no
basta un solo testigo para declarar a un hombre culpable de crimen o
delito" (Dt 19, 15) y que el único testigo de cargo por el presunto
asesinato de Payá es Carromero.
El otro sobreviviente de la tragedia del 22 de julio de 2012 cerca de
Bayamo, el sueco Aron Modig, texteó con su teléfono móvil: "Ángel dice
que un auto nos golpeó y nos sacó de la carretera". Este mensaje vale
tanto como yo no sé y torna plausible que Modig venía durmiendo, como
declaró, e inverosímil que si otro auto "comenzó a acosarnos", como dice
Carromero, no despertara a Modig.
Un testigo de oídas, Ortelio Abr(ah)antes, apareció en Bahamas con carné
de policía y alarde de contrainteligencia, pero resultó ser otro
personaje de la novela picaresca criolla y enseguida corrió la suerte de
Chacumbele.

Números
El circo mediático itinerante de Carromero estrena ahora el numerito
rocambolesco de que no hace falta ser experto para comprobar que las
fotos del auto accidentado fueron manipuladas. Tampoco hace falta ser
coronel del MININT para darle dos bofetadas a Carromero:
1. Si es tan evidente, ¿por qué demoró más de dos años en plantearlo?
2. Si demoró tanto, ¿por qué su claque en el Partido Popular español
—desde el diputado Pablo Casado hasta la jefaza Esperanza Aguirre— no
consiguieron dictamen forense del CIN español o del MI-6 inglés, del FBI
o de la CIA, para desacreditar como Dios manda al G-2 castrista?
Lo habría desacreditado no solo por haber manipulado fotos, sino también
por la estupidez de colgarlas en Internet a la vista de todas las
policías y servicios de inteligencia del mundo. Solo que Carromero ni
nadie podrá hacerlo jamás.
El dictamen forense acreditaría que un auto accidentado no se deja en la
escena como objeto museable. Y como es preciso trasladarlo, los detalles
del auto y del lugar no "cambian inexplicablemente", según afirmó
Carromero a El Nuevo Herald, sino que indican diversos momentos del
traslado — "sobre la hierba, o sobre la arena, o cerca de un riachuelo"—
y forman en sucesión la cadena de custodia de la prueba que es el auto
mismo. No viene al cuento que aparezca en una foto con el parachoques
delantero desprendido y en otra foto sin él, porque nada se manipula
quitándolo. El parachoques relevante es el trasero.
El Nuevo Herald haría muy buen periodismo sometiendo la tira completa de
fotos a examen forense y revisando de paso el informe oficial del
entonces agregado diplomático en La Habana del Ministerio del Interior
español, Vicente Cuesta-Macho, quien fue a Bayamo a inspeccionar
personalmente el auto accidentado y no encontró indicio alguno de
colisión con otro.
Cuesta Macho, ya jubilado, no era un agregado diplomático cualquiera. Es
autor de artículos y libros sobre ciencia policial, fue jefe de
seguridad en La Moncloa, sede del gobierno de España, y sobre todo: no
es castrista.

Libro de los Jueces
Carromero presenta su libro Muerte bajo sospecha (Anaya, 2014) en la
Casa Bacardí este 14 de octubre y aprovecha su estancia en EEUU para
seguir dando vueltas en el redil politiquero del asesinato político de
Payá y Cepero. Declaró que "el gobierno español tiene que reconocer la
validez de la condena y no puede revisar mi causa, a partir de un
tratado de extradición de presos", pero se guardó que ese mismo
tratado[1] autoriza para instar la revisión en Cuba (Art. 17). Ese es el
libro que Carromero tiene que presentar ante los jueces de la opinión
pública para desacreditar jurídicamente y para siempre a la dictadura
castrista.
- En Cuba, la Ley de Procedimiento Penal (LPP)[2] permite revisar
sentencias en todo tiempo (Art. 457) por fundamentos no alegados en su
día y "a instancia de alguna persona, organización u otra entidad" (Art.
455).
- Desde el 5 de marzo de 2012 en The Washington Post, Carromero viene
alegando algo esencial que no dijo en su día de juicio: que otro coche
"impactó con estruendo por detrás" al suyo.
- El 3 de abril de 2014 Carromero dijo a Diario las Américas que
"concibió pedir un peritaje sencillo del parachoques [trasero] pero no
se concedió ninguna prueba a mi defensa".
- No conceder "ninguna prueba" es causal de revisión que la LPP autoriza
por quebranto de las "garantías esenciales del procedimiento" (Art.
456.1), pues tras dictarse prisión provisional, el acusado y su defensor
pueden "proponer pruebas" (Art. 249).
- No conceder el "peritaje sencillo del parachoques" para determinar si
otro coche "impactó con estruendo por detrás", refuerza la solicitud de
revisión por no haberse "practicado pruebas de importancia esencial para
el proceso" (Art. 456.1).
- Carromero declaró a El Nuevo Herald que "la legislación cubana impide
que puedas proponer un perito". Es cierto: en Cuba toda diligencia
pericial se lleva a cabo con "los peritos designados oficialmente" (Art.
210), pero aunque no puedas proponer a tu perito sí puedes proponer la
prueba pericial que te dé la gana (Art. 209) y si no estás de acuerdo
con el resultado, pedir a la autoridad que exija a los peritos
"aclaración o ampliación" (Art. 213).
- Si el Instructor Policial no practica la prueba solicitada, la defensa
puede "recurrir en queja ante el Fiscal" (Art. 249). Y si el Fiscal
tampoco accede, la prueba puede proponerse al tribunal en el trámite de
presentación de las conclusiones provisionales de la defensa (Arts. 280
y 283).

Así que de no haberse concedido "ninguna prueba" o tan siquiera una, el
jelengue de los abogados defensores con los peritos, el instructor
policial, el fiscal y el tribunal tendría que constar bien acreditado en
el expediente de trámites de la defensa, así como bien resumido en sus
conclusiones provisionales, que Carromero jamás ha mostrado.

Apocalipsis
Carromero mismo —u otra persona, organización o entidad en su nombre—
puede y debe instar la revisión de la sentencia 573, de 12 de octubre de
2012, que dictó la Sala Primera de lo Penal del Tribunal Provincial
Popular con sede en Bayamo. La revisión puede solicitarse a la ministra
de Justicia (María Esther Reus González), el presidente del Tribunal
Supremo Popular (Rubén Remigio Ferro) o el fiscal general (Darío Delgado
Cura), quienes están obligados por la LPP a admitir la solicitud y
comunicar a Carromero, dentro del plazo de "noventa días contados desde
el recibo de la solicitud", si la revisión es "procedente [o no, pero
siempre] fundamentándose la no aceptación" (Art. 458).
La claque carromerina alegará que la solicitud será en vano, pero es lo
único que permitiría tener respuesta negativa fundamentada de la
dictadura a las alegaciones que Carromero se tragó en juicio. Por su
respuesta oficial, la dictadura quedaría expuesta ante la opinión
pública mundial y sería peor si no responde: quien calla, otorga. Por el
contrario, la literatura y la prensa folletinesca que se inspiran en
Carromero no sirven para nada, salvo para cocinarse en su propia salsa.
La dictadura no solo se ríe de eso, sino que sabe perfectamente que
Carromero no correrá el trámite jurídico de rigor porque no puede hacer
otra cosa que continuar con su culebrón. Si se atreviera a solicitar la
revisión, la respuesta oficial vendría fundamentada nada menos que con
los propios abogados defensores.
Carromero declaró a El Nuevo Herald: "Nunca vi el expediente de mi
causa", pero agregó que "las abogadas tuvieron que ir desde La Habana
hasta Bayamo y copiar a mano 800 folios". Así que pudo verlo tal y como
lo ve todo acusado en Cuba, porque los tribunales ni dejan sacar los
expedientes ni dan servicios de fotocopia. Así y todo, la causa se
resume por escrito en las conclusiones provisionales de la acusación y
de la defensa, que todo acusado recibe y Carromero no enseña.
El Nuevo Herald haría buen periodismo dejando de dar vueltas sobre un
caso criminal sin revisar primero el pliego acusatorio y el alegato de
la defensa, así como entrevistando a los juristas del bufete madrileño
Lupicinio Abogados que fueron a defender a Carromero: José María "Pepe"
Viñals y Lis Mari Suárez. No hace falta entrevistar a los abogados
cubanos que completaron el equipo de la defensa, Dorisbel Rojas y
Alejandro Millares, porque serían castristas.
Carromero afirmó a El Mundo el 5 de agosto de 2013: "A mi abogado lo vi
una vez el día antes del juicio y pude hablar con él a solas 60 segundos
por el descuido de un coronel. En ese momento le dije: 'Pepe, en España
saben que no ha sido un accidente, ¿verdad?'. Él me contestó que sí,
pero que me mantuviera en la versión oficial".
Viñals declaró al periódico ABC, el 29 de diciembre de 2012, que "los
abogados pudimos estar a solas con Ángel [Carromero] mientras duró el
procedimiento y preparar con él la defensa". Así que la cosa no fue de
último minuto ni de un solo abogado.
"Pepe" Viñals declaró el 30 de diciembre de 2012 al periódico español en
línea Diario Jurídico: "Nosotros organizamos un equipo en España y en
Cuba y presentamos unas alegaciones preliminares a las conclusiones de
la fiscalía. [En el juicio] pedimos la absolución".
Así que no pudo haberle dicho jamás a Carromero que se mantuviera en la
versión oficial, máxime si se opuso a ella desde las alegaciones
preliminares, a saber: que Carromero no conducía a exceso de velocidad y
perdió el control del vehículo por la mala señalización del tramo en que
ocurrió el accidente, que no era terraplén, sino vía no pavimentada.
Carromero mismo contó a Diario las Américas: "Cuando me comunicaba con
mis abogados había partes que teníamos que hacer por escrito para
intentar que no nos oyeran". Si El Nuevo Herald procede con buen
periodismo y revisa el expediente de tramitación de la defensa,
comprobaría que ningún papelito que Carromero pasó a sus abogados
refiere peritaje alguno del parachoques trasero ni alega otro auto
involucrado en el accidente. Y comprobaría también que abundan otras
alegaciones y solicitudes de todas las pruebas pertinentes, que fueron
practicadas.
Coda
En trance de manicomio, la seguridad se reforzó para prevenir que algún
agente castrista atentara contra Carromero en Miami. Aparte de que la
única medida racional de seguridad sería asignarle un chofer, Castro no
se preocupa por quien, como no tiene función jurídica que dar, da
funciones de circo en una casa de Dios y en otra de Bacardí. Allá quien
pague por el espectáculo.
[1] Convenio entre el Reino de España y la República de Cuba sobre
Ejecución de Sentencias Penales, Boletín Oficial del Estado [España],
número 267, sábado 7 noviembre 1998, páginas 36387-89).
[2] Ley No. 5, de 13 de agosto de 1977, Gaceta Oficial, 15 de agosto de
1977.

Source: Carromero en Miami - Artículos - Opinión - Cuba Encuentro -
http://www.cubaencuentro.com/opinion/articulos/carromero-en-miami-320491

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