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Monday, November 05, 2012

Interrogado y amenazado opositor pacífico

Interrogado y amenazado opositor pacífico
[05-11-2012]
Máximo José García González

(www.miscelaneasdecuba.net).- El teniente Yoel jefe de sector se
presentó en el domicilio de Yusmeike Reinier Fajardo Jorrín a las 9.30
AM del pasado 2-11-2012 entregándole una citación oficial policial en la
cual debería presentarse con carácter urgente ante él a las 12 PM en el
sector ubicado en calle Reina esquina Rayo en el municipio Centro Habana
sentencio el citado.

Fajardo Jorrín acudió al lugar señalado y le informaron que era en otro
lugar donde fue conducido a la segunda unidad Policial de Zanja y
Dragones en mencionado municipio, allí lo aguardaba el gendarme citador,
el cual comenzó un fatídico y repugnante interrogatorio.

Fajardo Jorrín aseveró, que después de ser amenazado con aplicarle la
injusta ley de peligrosidad social por contrarrevolucionario, el
represor le hizo el indigno e indecoroso planteamiento de cooperar y
ayudar a la revolución que su vida cambiaria, es joven y tiene tiempo
para reflexionar que al proceso Comunista ningún mercenario lo va a
derrocar.

El detenido le manifestó que no traicionaría sus ideales liberales y
democráticos como también sus pacíficas actividades opositoras contra la
dictadura castrista.

El fustigador enfurecido le planteó que iría a prisión en unión de su
hermano Gesse Castelnau Jorrín y se tomarían serias medidas contra su
domicilio, nido de mercenario y con todas las personas que visitan el
mismo resumió alegando que le fueron tomadas sus huellas digitales como
también le extrajeron pedazos de sus cabellos informándole que sería
investigado, fue liberado a las 5.30 PM.

Fajardo Jorrín y Castelnau Jorrin residen en Belascoaín número 306 entre
San Miguel y San Rafael, Centro Habana donde opera el Segundo Buró de
Atención a Presos Políticos y Familiares, la Delegación del Movimiento
Independiente Opción Alternativa (MIOA)y La Presidencia de la Fundación
Afrocubana Independiente (FACI) de las cuales son activistas.

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

Artículo 20

1-Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación
pacíficas.

2- Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

http://www.miscelaneasdecuba.net/web/article.asp?artID=37571

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